El presente Taller, resultado de un proyecto de innovación docente, toma como eje central el Objetivo de Desarrollo Sostenible ODS_6 AGUA LIMPIA Y SANEAMIENTO que será el hilo conductor del mismo.
El objetivo global del proyecto es completar la formación en, fomentando la interdisciplinaridad y la transversalidad en el desarrollo de actividades formativas prácticas, incorporando los Objetivos de Desarrollo Sostenible en la docencia universitaria, favoreciendo puntos de encuentro entre los estudiantes y los investigadores de la Facultad de Biología y proporcionando formación para colaborar en actividades de divulgación científica.
Se trata de un proyecto transversal, titulado BIOLOGÍA, AGUA Y SOSTENIBILIDAD (BAS), en el que se han implicado profesores de diferentes disciplinas que imparten docencia en los tres grados adscritos a la Facultad de Biología: Biología, Biotecnología y Ciencias Ambientales. Las áreas de conocimiento implicadas en el proyecto son Botánica, Biología Celular, Fisiología Animal y Vegetal, Ecología, Edafología y Química Agrícola, Ingeniería Agroforestal, Ingeniería Química, Microbiología y Zoología.
Los estudiantes podrán participar en las diferentes actividades previstas y en ellas trabajarán aspectos relacionados con los Objetivos del Desarrollo Sostenible. Gran parte de las actividades se articulan alrededor de la depuradora de aguas residuales del Campus de Espinardo, contemplando el aprovechamiento de los recursos hídricos y mantenimiento de la biodiversidad, palatabilidad del agua, el agua y los organismos asociados. Otra parte de la actividad tendrá lugar en las Lagunas de Campotéjar en la que se analizará el resultado de la evolución de los sistemas de depuración de lagunaje extendidos en los años 80.
Más información sobre la actividad en
https://casiopea.um.es/cursospe/bas(biologiai.f
En el RD 822/2021 (Cap. II, 10. 9) se establece que “serán objeto de estos procedimientos los créditos con relación a la participación del estudiantado en actividades universitarias de cooperación, solidarias, culturales, deportivas y de representación estudiantil, que conjuntamente equivaldrán a como mínimo seis créditos. De igual forma, podrán ser objeto de estos procedimientos otras actividades académicas que con carácter docente organice la universidad”, y que “en ningún caso podrán suponer la totalidad los créditos objeto del reconocimiento establecido en esta letra c) de este artículo, más del 10 por ciento del total de créditos del plan de estudios.