La actividad se organiza como un Erasmus+ Blended Intensive Programme. Los estudiantes realizarán una movilidad física de corta duración en el extranjero en combinación con un componente virtual obligatorio que facilita el intercambio educativo colaborativo en línea y el trabajo en equipo.
Este curso tiene como objetivo proporcionar conocimientos y herramientas de análisis sobre la acción exterior de la Unión Europea en el contexto de múltiples crisis geopolíticas, marcadas por la guerra en Ucrania, el conflicto israelí-palestino y la guerra de la información.
El programa examinará las principales características de la acción exterior de la Unión Europea, incluidas sus políticas de ampliación y vecindad, así como las iniciativas desarrolladas en distintas regiones del mundo.
Diversos estudios de caso permitirán realizar un análisis más profundo y matizado, así como identificar los actores y cuestiones clave. Los estudiantes participantes asistirán tanto a clases magistrales de carácter general y teórico como a seminarios interactivos centrados en casos concretos relacionados con la actualidad internacional. Asimismo, deberán trabajar en equipo en el desarrollo de actividades grupales.
Este programa está dirigido a estudiantes de tercer curso de grado, máster y doctorado, sin necesidad de contar con una especialización previa en la materia, pero con interés en los temas abordados. La docencia será impartida por profesorado universitario y profesionales especializados.
Más información sobre la actividad en
https://www.um.es/web/internacionalizacion/programas/estudiantes-um/erasmus-corta-duraci%C3%B3n
En el RD 822/2021 (Cap. II, 10. 9) se establece que “serán objeto de estos procedimientos los créditos con relación a la participación del estudiantado en actividades universitarias de cooperación, solidarias, culturales, deportivas y de representación estudiantil, que conjuntamente equivaldrán a como mínimo seis créditos. De igual forma, podrán ser objeto de estos procedimientos otras actividades académicas que con carácter docente organice la universidad”, y que “en ningún caso podrán suponer la totalidad los créditos objeto del reconocimiento establecido en esta letra c) de este artículo, más del 10 por ciento del total de créditos del plan de estudios.